Impericia Médica



Partos:

  • Asfixia de nacimiento y encefalopatía hipóxico-isquémica (HIE)
  • Parálisis cerebral (CP)
  • Convulsiones
  • Retrasos del desarrollo
  • ictericia y kernicterus (ictericia grave)
  • Infección como sepsis o meningitis
  • Hemorragias intracraneales (hemorragias cerebrales)
  • Leucomalacia periventricular (PVL) (lesión cerebral)
  • Infecciones no atendidas durante el embarazo
  • Demoras en administración de una cesárea

Preguntas frecuentes Impericia de Partos

Sala de emergencias y hospitales:

  • Interpretación errónea de radiografías o resultados de pruebas
  • No diagnosticar problemas cardíacos que puedan llevar a un ataque cardíaco.
  • Ley EMTALA- omisiones en el proceso de discernimiento médico o fallas en la estabilización de condiciones de salud de emergencia que afecten su vida.
  • Diagnosticar erróneamente o retrasar un diagnóstico
    • Coágulos de sangre
    • Aneurismas
    • Apendicitis
    • Derrames cerebrales o embolias pulmonares
    • Cometer errores en administración de medicamentos
    • No reconocer o tratar las infecciones postoperatorias
    • No supervisar a los pacientes después del tratamiento


Errores en administración de anestesia

      • Problemas en las siguientes áreas:
        • No proporcionar instrucciones necesarias (no comer o beber antes de cirugía)
        • No Reconocer reacciones a las drogas administradas
        • No reconocer las señales del que el paciente está despertando
        • No monitorear signos vitales del paciente
        • No administrar oxígeno u otras ayudas para respirar
  • ¿Cuáles son algunos ejemplos de casos de impericia médica?

    Los casos de impericia médica pueden ocurrir a raíz de cualquier tipo de tratamiento médico. 

    Los casos más conocidos están relacionados con daños o muertes ocasionadas por uno o varios de los siguientes incidentes:

    • Complicaciones o problemas en el embarazo o durante el proceso de parto
    • Procedimientos quirúrgicos o tratamientos médicos realizados sin obtener consentimiento informado
    • Complicaciones o problemas en procedimientos quirúrgicos
    • Diagnósticos o tratamientos inadecuados
    • Administración de medicamentos o tratamientos contraindicados
    • Cirugías cosméticas realizadas de forma negligente
    • Omisiones negligentes en el diagnóstico o tratamiento médico

    Dicho lo anterior, las circunstancias en las cuales puede surgir un caso de impericia médica son tan diversas y amplias como los servicios provistos en el campo de la medicina.

  • ¿Quién puede reclamar daños por un evento de impericia médica?

    Cualquier persona que haya sufrido daños debido a la negligencia de un proveedor de servicios médicos puede tener el derecho de presentar una reclamación por impericia médica.  De la misma forma, los familiares y allegados más cercanos a la persona podrían tener el derecho a reclamar compensación por daños y angustias mentales causados por el evento de impericia médica. 

  • ¿Puedo presentar una reclamación de impericia médica a pesar de que consentí al tratamiento en cuestión o firmé un relevo de responsabilidad?

    El hecho que usted haya consentido a un tratamiento médico o haya firmado un relevo de responsabilidad no representa un obstáculo para una reclamación de impericia médica u hospitalaria.

  • ¿Qué debo hacer si sospecho que algún familiar o yo hemos sido víctima de impericia médica?

    La mera sospecha de que hubo impericia médica debe motivarle a actuar. El tiempo es un factor determinante en los casos de impericia médica.  Solicite copia de los expedientes médicos del paciente.  Igualmente, prepare un escrito narrando los hechos que motivan su sospecha, nombres del personal médico y/o institución que proveyó los servicios y las fechas en que se hicieron.  Aunque una sospecha no necesariamente representa que haya ocurrido un evento de impericia médica, usted tiene el deber de recibir orientación y defender sus derechos. 

  • ¿Quién puede solicitar copia de mi expediente médico?

    Usted tiene derecho a solicitar y obtener copia de todo su expediente médico.  Puede hacerlo en persona visitando las instalaciones del proveedor de servicios médicos o el lugar que este determine.  De la misma forma, puede designar un representante para hacer la gestión.  Este deberá llevar una autorización escrita de la persona afectada, que contenga su firma y copia de su tarjeta de identificación.  Si es necesario, le podemos asistir para obtener copia de su expediente médico. 

  • ¿Cuánto tiempo puede demorar el proveedor de servicios médicos en entregar copia del expediente médico?

    Si el proveedor de servicios médicos no le entrega una copia de su expediente médico el mismo día de su solicitud, este tiene la obligación legal de proporcionarlo en un tiempo razonable.  El tiempo de respuesta puede variar, sin embargo, esto no significa que usted no sea proactivo en su gestión y que documente cada ocasión en que solicitó copia de su expediente sin éxito. Recuerde anotar la fecha de la solicitud, la manera en que realizó la misma, el nombre de la persona que le atendió, el supervisor inmediato y la razón que le ofrecieron para negarse a proporcionar copia del expediente médico.  Si usted lo entiende necesario, nuestra oficina está disponible para ayudarle con este proceso. 

  • ¿Qué debo hacer cuándo obtenga copia de mi expediente médico?

    Al momento de tener copia de su expediente médico, visite a un abogado que tenga experiencia en litigio de casos de impericia médica.  Este tipo de caso requiere que el abogado cuente con los conocimientos técnicos en el área médica; no todo letrado posee los recursos necesarios para ofrecerle asesoría o representación adecuada.  Nuestra oficina está disponible para orientarle de forma confidencia, sin compromiso o costo alguno.  

  • ¿Cuánto tiempo puedo demorar en consultar a un abogado?

    Un año- Si el proveedor médico es una institución privada o un profesional con una práctica médica privada. Este es el término establecido por ley, contado desde el momento que se conoce o se debió conocer del daño sufrido. Es posible interrumpir o alargar este periodo de tiempo por medio de una reclamación extrajudicial; no obstante, la misma debe ser presentada dentro de este periodo.

    En o antes de 90 días- En este caso si el proveedor médico es una institución pública del Estado (ej. Centro Médico en Río Piedras) o un profesional dentro de la práctica de la medicina que trabaja para una institución del Estado.  De lo contrario, usted podría perder el derecho a presentar una reclamación judicial para subsanar cualquier daño sufrido.

    Por eso es importante que, si usted sospecha que ha sido víctima de impericia médica, sea proactivo y actúe con premura para no perder la oportunidad de defender sus derechos y reclamar una compensación.

  • ¿Cuándo el abogado me informará si debo presentar una demanda de impericia médica?

    En la primera consulta el abogado debe orientarle sobre los pasos a seguir, así como el análisis que se llevará a cabo para determinar si existen los elementos necesarios para reclamar daños por impericia médica. 

    El abogado investigará sobre su disponibilidad para consultar a un experto en el área médica que aplique.  De usted estar interesado en que se realice la consulta, se le solicitará copia de su expediente médico para la misma.

    La consulta pericial preliminar podría tener algún costo dependiendo de las circunstancias particulares de su caso y la complejidad del análisis de este.  Luego de dicha consulta, el abogado tendrá las herramientas necesarias para ofrecerle asesoría sobre la posibilidad de presentar una reclamación judicial.  Por otra parte, se le orientará sobre los rigores, exigencias y costos del proceso. La persona debe tener en cuenta que la decisión final de presentar una reclamación judicial siempre debe ser suya y no de su abogado.  Analice la información provista por su abogado y haga una consulta con sus familiares o personas allegadas si lo cree necesario.  Este proceso es importante antes de tomar una decisión sobre el particular. 

  • ¿Por qué es necesario consultar a un perito médico?

    Para atender los casos de impericia médica es necesario que el tribunal tenga las herramientas de juicio adecuadas con las cuales podrá determinar si los servicios médicos que se recibieron cumplieron con los estándares del cuidado médico aplicable.  Sin la ayuda de un experto o perito en el área médica, el abogado no podrá presentar al tribunal la información necesaria para que se realice el análisis requerido.  Por lo cual, los tribunales tienen como regla que, en todo caso de impericia médica, la parte demandante está obligada a presentar la prueba pericial para apoyar su reclamación.  Si usted no cuenta con prueba pericial, el tribunal no estará en posición de concederle una suma por los daños para satisfacer su reclamación y muy probablemente desestimará el caso.

  • ¿Debo hacer las gestiones para contratar a un perito médico?

    No. El abogado con el cual usted haga su consulta debe tener acceso a los peritos médicos que sean necesarios para asesorarle o presentar una reclamación judicial.  Es importante que el abogado sea el enlace entre principal entre el perito y usted. 

  • ¿Quién pagará los servicios del perito médico?

    Esto dependerá de las circunstancias particulares de su caso.  Usted podría ser responsable de pagar la consulta inicial.  Si el abogado que usted escoge acepta trabajar su caso a base de honorarios contingentes (si no somos capaces de conseguir una compensación económica, no tiene que pagarnos por nuestros servicios) este adelantará los gastos y costos de litigio.  Lo que incluye los honorarios del perito.  Por otra parte, usted tendrá que reembolsar todos los adelantos hechos por su abogado únicamente si se obtiene una compensación monetaria por sus daños. 

  • ¿Cuánto cuestan los servicios de un perito médico?

    Los honorarios de un perito médico pueden variar.  Todo depende de la complejidad de su caso y el área de la medicina sobre la cual se necesita una opinión pericial.  Antes de presentar una demanda, hable con su abogado para que le explique los posibles costos del proceso. Incluyendo los honorarios que podría cobrar el perito. 

  • ¿Cuáles son los honorarios de un abogado de impericia médica?

    Si su abogado acepta cobrar honorarios contingentes (si no somos capaces de conseguir una compensación económica, no tiene que pagarnos por nuestros servicios) el máximo que usted tendría que pagar por sus servicios es del 33% de cualquier cantidad de dinero que se reciba en el caso.  En el caso de que el demandante sea un menor de edad o incapacitado, el abogado únicamente podrá cobrar a esa persona por concepto de sus honorarios a razón de un 25% de la cantidad de dinero obtenida.  De lo contrario, si su abogado no aceptó llevar el caso a base de honorarios contingentes, usted deberá pagarle según los términos del acuerdo al cual hayan llegado. 

  • ¿Perdí mi demanda, le tengo que pagar al abogado?

    Si su abogado aceptó cobrar honorarios contingentes, usted no tiene que pagarle nada si pierde la demanda.  Bajo este tipo de acuerdo únicamente está obligado a reembolsar los gastos incurridos en el litigio y pagar honorarios de abogado si obtiene compensación económica por sus daños; independientemente gane o pierda la demanda. 

Preguntas Frecuentes Área de Impericia Médica

Preguntas Frecuentes de Parto

  • ¿La perlesía cerebral puede ser causada por impericia médica o negligencia durante el proceso de parto? 

    Uno de los daños neurológicos más comunes que puede causar la negligencia o negligencia médica durante el parto lo es la perlesía cerebral. El termino perlesía cerebral se refiere a diferentes trastornos neurológicos que afectan las funciones del cerebro y del sistema nervioso. Existen diferentes tipos de perlesía cerebral, así como gradientes de intensidad y alcance. La perlesía cerebral puede afectar de forma negativa la habilidad de movimiento, aprendizaje, audición, visión y pensamiento. 

     

    Si bien esta condición puede ser causada por razones genéticas y defectos congénitos; en ocasiones puede ocurrir por actos u omisiones negligentes por parte de los profesionales de la salud durante el proceso de parto. Algunos de los indicadores más frecuentes de negligencia por parte de profesionales de la salud se pueden manifestar en las siguientes circunstancias: 

    • Infecciones maternas no atendidas durante el embarazo
    • Problemas de oxigenación no detectados o atendidos
    • Mal uso de herramientas o equipo médico
    • Prolapso del cordón umbilical
    • Demoras en la administración de una cesárea
  • ¿Qué tipo de aflicciones físicas son las más comúnmente causadas por impericia médica o negligencia durante el proceso de parto?

    La negligencia por parte de personal de la salud que atiende el parto también puede ocasionar aflicciones físicas. A diferencia de la perlesía cerebral, las lesiones físicas generalmente son mucho más fáciles de identificar rápidamente por medio de exámenes y evaluaciones médicas. 

    Algunas de las lesiones físicas más comunes durante el parto son las siguientes: 

    • Parálisis del Plexo Braquial (nervios del hombro)
    • Avulsión – Ocurre cuando el plexo braquial se desgarra de la columna vertebral.
    • Ruptura – Ocurre cuando se desgarra el nervio, sin que haya desgarre en la unión con la columna.
    • Neuroma – Ocurre cuando hay una ruptura de nervio que cicatriza mediante tejido que impide el envío de señales a los músculos.
    • Neuropráxia – Ocurre cuando hay un estiramiento del nervio sin romperse. 
    • Distocia de hombros- Cuando la cabeza del bebé sale por la vagina, pero sus hombros se quedan pinchados contra el hueso de la pelvis de la madre. 
  • ¿Cuáles son mis derechos cuando sospecho que mi bebé sufrió una lesión durante el parto por impericia médica o negligencia?

    Cuando se identifica una situación de salud que se puede asociar con un acto u omisión negligente, por parte de un profesional de la salud, es recomendable consultar con un abogado experto en el tema de impericia médica.  Luego de un evento como este, los cuidados médicos para atender los daños ocasionados durante el parto pueden ser costosos.  

    Contar con la asesoría profesional de un abogado experimentado en esta área, le ayudará a explorar las alternativas para solicitar compensación económica.  Misma que le permitirá atender la condición de salud de su hijo o hija en el futuro. 

  • ¿Debo contratar servicios periciales? 

    Para todo caso de impericia médica se deben establecer tres elementos esenciales:

    • Acciones u omisiones negligentes por parte de un profesional de la salud
    • Existencia de daños
    • Relación de causa y efecto entre la negligencia y los daños

     

    Es necesario la ayuda de un experto en el área médica pertinente para su caso, de esta forma el abogado podrá presentar al tribunal la información necesaria para que se logre determinar si concurren los requisitos descritos anteriormente.  Por esta razón, en todo caso de impericia médica la parte demandante está obligada a presentar prueba pericial para apoyar su reclamación.  Esta es una exigencia de ley.  De usted no contar con prueba pericial, el tribunal no estará en posición de concederle una remuneración por daños para satisfacer su reclamación y muy probablemente desestimará su caso. 

  • ¿Debo hacer las gestiones para contratar a un perito médico?

    No. El abogado con el cual usted haga su consulta debe tener acceso a los peritos médicos que sean necesarios para asesorarle o presentar una reclamación judicial.  Es importante que el abogado sea el enlace principal entre el perito y usted. 

  • ¿Cuáles son los pasos para seguir si sospecho que mi bebé o yo hemos sido víctima de impericia médica o negligencia durante el parto?

    Si sospecha que hubo impericia médica durante su parto debe actuar. El tiempo es un factor determinante en los casos de impericia médica.  Solicite copia de los expedientes médicos suyos y los de su bebé.  Igualmente, prepare un escrito narrando los hechos que motivan su sospecha, nombres del personal médico y/o institución que proveyó los servicios y las fechas en que se hicieron.  Aunque una sospecha no necesariamente significa que haya ocurrido un evento de impericia médica, usted tiene la opción de recibir orientación y vindicar sus derechos. 

  • Si prevalezco en una reclamación judicial, ¿qué remedio podría obtener? 

    El proceso judicial está lleno de retos y variables inciertas. Ningún abogado, responsable le puede garantizar que obtendrá un remedio favorable para su cliente a través de una reclamación judicial.  Los remedios disponibles para solicitar en el proceso judicial en casos de impericia médica por lesiones de parto pueden incluir compensación económica que le permitirá obtener el cuidado médico necesario, incluyendo equipo especializado, para atender la situación de salud suya o la de su bebé.  También, cabe la posibilidad de solicitar compensación por ingresos dejados de recibir, daños emocionales, pérdida de consorcio, entre otros. 

  • ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una reclamación judicial por daños ocurridos durante el parto? 

    Usted puede presentar una reclamación judicial en representación de su bebé hasta la fecha en que este llegue a su mayoría de edad (21 años según las leyes aplicables en Puerto Rico).  Por otra parte, si usted como madre ha sufrido un daño (sea físico o emocional) por impericia médica o negligencia durante el parto, cuenta con un año para presentar una reclamación judicial.  Este tiempo comienza a contar desde el momento en que se sabe o razonablemente debía saber, la existencia del daño.