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La emancipación del menor de edad

La emancipación le confiere al menor de edad la facultad de tomar decisiones personales y de administrar sus bienes como si fuera mayor de edad.

Una persona queda automáticamente emancipada cuando alcanza la mayoría de edad (al cumplir 21 años) o cuando contrae matrimonio.

Un menor también puede ser emancipado por sus padres si se cumplen los requisitos que se exponen a continuación:

(i) que el menor tenga al menos 18 años y consienta a ser emancipado;

(ii) que el padre o los padres en quienes recaiga la patria potestad del menor consientan a la emancipación. Por tanto, si ambos padres tienen la patria potestad, ambos tienen que consentir a la emancipación del menor. En aquellos casos en que solamente uno de los padres tenga la patria potestad sobre el menor, dicho padre es el único que tiene que brindar su consentimiento.

¿Cuál es el proceso para emancipar a un menor de edad?

La emancipación debe realizarse ante un notario mediante escritura pública. Dicha escritura de emancipación debe inscribirse en el Registro Demográfico.

¿La emancipación tiene efectos en la concesión de becas o préstamos estudiantiles?

Muchos de los préstamos y becas estudiantiles están regulados por leyes federales que utilizan como criterio para su concesión la edad del estudiante o si este depende económicamente de sus padres, sin tomar en cuenta si el estudiante se ha emancipado. Por tanto, lo aconsejable es que el estudiante se oriente en la oficina de asistencia económica de su institución educativa acerca de los criterios para ser elegible a recibir una beca o préstamo estudiantil concreto.

¿La emancipación libera a un padre de pagar pensión alimentaria al hijo emancipado?

La emancipación no necesariamente libera o exime a un padre de su obligación de pagar pensión alimentaria a un hijo. El derecho de un hijo a recibir alimentos puede existir, aunque este haya alcanzado la mayoría de edad o se haya emancipado. Por ejemplo, ello ocurre comúnmente cuando el hijo no es independiente económicamente y cursa estudios universitarios.

¿Qué beneficios o ventajas tiene la emancipación?

La emancipación puede, entre otros fines, facilitar que el menor lleve a cabo ciertas transacciones que, de no estar emancipado requerirían recurrir al tribunal, como, por ejemplo, la partición de una herencia de la cual sea heredero, la venta de un bien del que sea dueño, el acceso a fondos en una cuenta bancaria a su nombre. Además, de ordinario, la emancipación tiene el efecto de eximir a los padres de responder civilmente en caso de que el hijo le cause daños a terceros.Para más información, puede comunicarse con el Lcdo. Ismael García Ortega a igo@igolaw.net o al (787) 773-1844.