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Madre embarazada: ¿Conoces los derechos que te asisten en la etapa de gestación?

Todos sabemos el papel protagónico que juega el embarazo y alumbramiento en la subsistencia de la humanidad.  En el plano individual, para muchas personas, el embarazo es una de las etapas más importantes y felices en la vida. Por su trascendencia, el embarazo provee derecho a una serie de protecciones legales en todas las sociedades organizadas del mundo. Puerto Rico no es la excepción.

Madre embarazada, ¿conoces esas protecciones? Tu bienestar y el de tu bebé podrían depender de ello.

Durante las próximas tres semanas, compartiremos con nuestros lectores un resumen de algunas de las protecciones legales más importantes durante el proceso de gestación, alumbramiento y post-parto.

En Puerto Rico, en el proceso de gestación, las madres embarazadas cuentan con protecciones diseñadas para promover su bienestar en el entorno laboral, así como en su cuidado médico y el de su bebé.

Protecciones laborales para madres embarazadas durante la gestación

Tanto la ley federal como la estatal prohíben el discrimen en el empleo por razón de embarazo.

Las principales leyes federales y estatales aplicables en el área son:

  • la “Pregnancy Discrimination Act”
  • la “Americans with Disabilities Act”
  • la Ley de Madres Obreras del 1942

Según estas leyes, ningún patrono, o potencial patrono, ya sea público o privado, puede tratar a un empleado, o candidato a empleo, desfavorable o discriminatoriamente debido a su embarazo o cualquier condición médica relacionada.  Asimismo, está prohibido penalizar de cualquier manera a cualquier madre embarazada por razón de la merma en su producción laboral durante el periodo de gestación.  Estas protecciones incluyen decisiones adversas de contratación, despido, salario, asignación de tareas, entrenamientos, beneficios marginales o cualquier otra condición de empleo.

Además, una empleada embarazada tiene derecho a obtener acomodo razonable por parte de su patrono cuando se satisfacen ciertos requisitos. Esto podría incluir tareas menos rigurosas, cambios en la configuración del lugar de trabajo, licencias con o sin paga, entre otras alternativas.

Las protecciones legales previamente mencionadas cobijan a todo tipo de empleado, independientemente de si es permanente, temporero, a tiempo completo o parcial. Para tener derecho a las mismas, es necesario que el empleado informe al patrono sobre el embarazo y provea un certificado médico que acredite su estado de gestación.

Siempre que sea posible, es aconsejable que la notificación de embarazo al patrono se realice por escrito, formalmente.

Protecciones que le asisten a las madres embarazadas con relación al cuidado médico suyo y del bebé durante la gestación

Bajo la ley federal conocida como la “Emergency Medical Treatment and Labor Act”, toda persona, incluyendo madres embarazadas, tiene derecho a recibir asistencia médica en cualquier sala de emergencia de los hospitales de la Isla. Esta protección aplica independientemente de si se cuenta con seguro médico o con recursos económicos para satisfacer el costo de los servicios de emergencia recibidos.

A nivel estatal, la Ley Núm. 383 del 2000, prohíbe que los planes de salud rechacen pagar por servicios de emergencia a madres embarazadas cuando estos son solicitados a través del sistema de emergencia 9-1-1.

También a nivel estatal, la Ley Núm. 156 del 2006, le provee los siguientes derechos a toda madre embarazada:

  • Obtener información completa y correcta de parte de su médico o profesional de la salud certificado sobre los procesos médicos que podría experimentar durante el embarazo y el parto.
  • Participar activamente y de forma informada en todas las decisiones médicas relacionadas con su embarazo y parto. La madre debe tener derecho a escoger libremente sobre las alternativas existentes.
  • Obtener información completa, oportuna y correcta sobre la evolución de su parto y el estado de salud del bebé.
  • Ser tratada con respeto, dignidad y de una manera individual y personalizada por parte de su médico o profesional de la salud certificado. Se debe garantizar la privacidad e intimidad emocional de la madre durante la gestación y proceso de parto.

Además de lo anterior, bajo el Código Civil y el ordenamiento jurídico puertorriqueño, las madres embarazadas tienen derecho a recibir un cuidado ginecológico y obstétrico que se ajuste a los estándares de la medicina moderna, libre de negligencia, impericia médica y daños a su integridad física o la de su bebé. Esto incluye la oportuna identificación de condiciones neurológicas o de salud diagnosticables presentes en el bebé, así como la prevención, identificación y tratamiento de condiciones médicas que amenacen la viabilidad del embarazo, la salud de la madre o la del bebé.

La violación de cualquiera de los derechos que le asisten a las mujeres embarazadas, ya sea en el entorno laboral o en el cuidado médico, puede dar paso a una reclamación judicial que culmine con una indemnización monetaria, así como a multas y otras penalidades.

Muchos de los derechos previamente discutidos cobijan de igual manera a las madres adoptantes.

Para más información, o para una consulta legal gratuita, puede comunicarse con el Lcdo. Paúl A. Rodríguez Vélez al 787-299-5118. También puede visitar la página de internet de su oficina www.prvlaw.com o escribirle un correo electrónico a info@prvlaw.com.