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Lo que debe saber para obtener ayuda de FEMA

El huracán María dejó miles de residencias inhabitables en Puerto Rico.  Muchísimas otras sufrieron daños considerables y sus dueños hoy día enfrentan grandes retos identificando recursos económicos para reparar sus viviendas. Algunos contaban con pólizas de seguro que cubrían todos o algunos de los daños sufridos en la estructura o su contenido.

Sin embargo, un gran número de titulares o arrendatarios, desafortunadamente, no tenían sus residencias aseguradas o sus cubiertas resultaron ser insuficientes.  Por esta razón, según surge de la página de web del Federal Emergency Management Agency (FEMA), sobre 10,000 titulares y arrendatarios puertorriqueños ya han obtenido asistencia federal para atender sus devastadoras pérdidas.

Bajo la Ley Federal Stafford, FEMA provee ayudas económicas a ciudadanos americanos en Puerto Rico para la reparación de viviendas, por daños directamente relacionados con el impacto de un desastre natural, de modo que se puedan devolver las condiciones de la residencia a un lugar seguro y sanitario.  Algunos de los criterios para determinar que las condiciones de la residencia son “seguras y sanitarias” son, entre otros:

  1. Que el exterior de la estructura se encuentre en buen estado;
  2. Que las áreas habitables del interior se encuentren en buen estado;
  3. Que los sistemas eléctricos, de gas, potable, sanitarios, y sépticos funcionen adecuadamente; y
  4. Que la residencia sea accesible;

Algunos ejemplos de daños por desastres naturales para los cuales FEMA ofrece ayuda económica son: reparaciones a calentadores de agua, neveras, y estufas, reparaciones de filtraciones de techo que presenten riesgo de afectar los componentes eléctricos del techo, reparaciones del subsuelo, y reparaciones de puertas y ventanas.  No obstante, FEMA no provee asistencia económica para reparar lavaplatos, televisores, losetas de piso, alfombras, ni cortinas, por mencionar algunos.

Usted debe saber que la fecha límite para solicitar asistencia a FEMA en Puerto Rico se extendió hasta el 20 de marzo de 2018. Pero, si usted es uno de los miles de puertorriqueños que solicitó estas ayudas federales y recibió una carta de FEMA con una determinación adversa con la cual no está de acuerdo, sepa que todavía puede tener alternativas.

En estos casos, los solicitantes pueden apelar las determinaciones de FEMA. Estas apelaciones deben de hacerse por escrito y deben enviarse mediante fax o correo regular a FEMA dentro un plazo de 60 días luego de haber recibido la carta. También puede subir sus documentos de apelación directamente en el portal de su cuenta de FEMA.

En ocasiones, la razón de una determinación adversa de FEMA podría tener una solución fácil. Por ejemplo, las razones más frecuentes por las que FEMA deniega inicialmente una solicitud de ayuda son:

  1. Que el solicitante contaba con una póliza de seguro que no cubría todos los daños reclamados, pero no proveyó a FEMA la carta de liquidación de su seguro;
  2. Que el solicitante no proveyó evidencia de titularidad de la residencia o de su arrendamiento;
  3. Que el solicitante no ha completado y enviado su solicitud para préstamo por desastre de la Administración de Pequeños Negocios (SBA);
  4. Que el solicitante no ha provisto evidencia que demuestre la propiedad perjudicada era la residencia primaria al momento del desastre;

Por esto, es importante que lea cuidadosamente la carta de denegatoria de FEMA y prepare un escrito exponiendo las razones por las cuales usted no está de acuerdo con la determinación de FEMA.  Se recomienda que esta carta contenga, como mínimo, la siguiente información:

  1. Nombre completo del solicitante según aparece en su solicitud de asistencia federal, número de seguro social, dirección postal actual, número de teléfono, y el número de caso de FEMA;
  2. Una explicación detallada de los hechos que respalden su apelación. Incluya un resumen de las circunstancias o necesidades que puedan haber cambiado desde que usted presentó su solicitud, además de los daños a la residencia que usted haya descubierto luego de haber sometido la solicitud, o el total de los costos de reparación que hayan resultado mayores a los anticipados;
  3. Incluya copia de los recibos y facturas de las reparaciones realizadas a su residencia, o estimados de costos de las reparaciones;

Es importante que guarde en sus archivos una copia de la carta de apelación y de todos los documentos de apoyo.  Si se encuentra impedida de llevar a cabo este proceso solo, solicite ayuda.  Los centros de desastre de FEMA proveen asistencia legal gratuita.

El licenciado Philippe O. Beauchamp cuenta con un bachillerato y una maestría en Ingeniería Civil y ha enseñado cursos universitarios en materias de construcción.  Si necesita ayuda o más información sobre estos temas, no dude en comunicarse a pbeauchamp.law@gmail.com o al (787) 529-5441.