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Impericia médica y hospitalaria: la consulta inicial con el abogado

Como abogado litigante, el área de impericia médica es la que más satisfacción profesional me provee. Generalmente, el proceso de litigio en esta área del Derecho es sumamente contencioso. La batalla en el tribunal para prevalecer en un reclamo de impericia médica casi siempre requiere una inversión significativa de dinero, tiempo y esfuerzo. También exige astucia, pericia y perseverancia.  En mi experiencia, sin embargo, no existe paralelo para la satisfacción que produce la oportunidad de fungir como agente de cambio en la vida de un cliente que ha sufrido los embates de la impericia médica.

Conozco los efectos que una reclamación de impericia médica inmeritoria puede producir en la vida de un profesional de la salud. En mi familia hay doctores y enfermeras.  La determinación de presentar una reclamación judicial por impericia médica debe ser ponderada con cautela y detenimiento.

Tres factores deben concurrir para presentar un reclamo meritorio de impericia médica:

  • Primero, el potencial cliente tiene que haber sufrido algún daño.
  • Segundo, hay que demostrar que un profesional de la salud fue negligente en su desempeño.
  • Tercero, hay que presentar evidencia de que la negligencia del profesional de la salud fue lo que causó el daño del potencial cliente.

En mi oficina, luego de un dialogo preliminar, comenzamos el análisis con todo potencial cliente que llama para una consulta gratuita de impericia médica, conversando sobre los daños envueltos.  La interrogante principal que intentamos contestar en la consulta es si los daños que ha sufrido el potencial cliente permitirían persuadir a un tribunal para que otorgue una compensación económica mayor a los costos inherentes al proceso de litigio.  Cuando la respuesta a esta interrogativa es negativa, exploramos con el potencial cliente alternativas diferentes al litigio para atender su situación particular.

Si el proceso judicial es una alternativa viable, conversamos con el potencial cliente sobre las razones por las cuales entiende que pudo haber sido víctima de impericia médica.  Compartimos con el potencial cliente que un resultado diferente al esperado en un procedimiento médico no necesariamente constituye impericia médica.  De hecho, es un perito médico (un doctor u otro profesional de la salud), y no un abogado, la persona que cuenta con el conocimiento necesario para determinar si el potencial cliente ha sido víctima de impericia médica.

Durante la consulta gratuita, asesoramos al cliente sobre el peritaje médico necesario para presentar un reclamo judicial.  Le explicamos que los abogados de la oficina fungirán como punto de enlace con el perito y le ayudarán a obtener toda la documentación e información que sea necesario proveerle. El proceso de recopilación de información y documentación puede tomar semanas o meses y requiere de participación directa y proactiva del potencial cliente.

Si el perito médico contratado determina que concurren los factores necesarios para presentar una reclamación de impericia médica, en una reunión de seguimiento con el cliente se evalúan las fortalezas y debilidades del posible reclamo judicial. También se discute detalladamente la inversión de tiempo y dinero necesaria durante el proceso de litigio.  Por último, enfatizamos que, a pesar de los posibles méritos del reclamo, es imposible garantizar un resultado favorable en el tribunal. Como todo proceso adversativo en donde participan más de una parte, siempre es necesario llevar un saco para ganar y otro para perder.

En ese momento, el proceso de consulta llega a su fin. Con la información obtenida, le corresponde al cliente determinar si desea comenzar el proceso de litigio.  Recomendamos que esa decisión sea tomada luego de consultar y reflexionar con los familiares y allegados que siempre han dicho presente en situaciones de envergadura en la vida del cliente.

Para más información sobre este tema puede comunicarse con el licenciado Paúl A. Rodríguez Vélez al 787-299-5118. También puede acceder la dirección electrónica de su oficina: www.prvlaw.com; o escribirme un correo electrónico a: prodriguez@prvlaw.com